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C.P.C. Victor Manuel Sanchez Ochoa
NOTISIE
El dia 7 de diciembre fue publicado en el diario oficial el salario minimo 2023 revisalo en publicaciones de seguridad social y laborales que encuentras en esta pagina.
A través de un comunicado 03/2022 de prensa fechado el 14 de julio de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer prórrogas otorgadas en fechas recientes.
no se trata de prórrogas nuevas, solamente es una recapitulación de aquellas otorgadas recientemente.
el SAT presenta prórroga al 31 de diciembre de 2022 para los siguientes trámites:
- Cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022.
- El uso de la factura electrónica 3.3 ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del 1 de enero de 2023.
- Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de Mis cuentas sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.
- Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
- Se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no les sea aplicable una multa.
SABIAS QUE PARA CANCELAR UNA FACTURA
Proceso de cancelación
Si necesitas cancelar alguna de las facturas que emitiste, puedes hacerlo en el Portal del SAT o mediante los servicios de un proveedor de certificación.
1.
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Los emisores deben enviar la solicitud de cancelación de la factura a través del Portal del SAT o de los servicios un proveedor de certificación.
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2.
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Al momento de realizar la cancelación se deberán indicar los motivos de la cancelación conforme a las siguientes claves:
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“01” Comprobantes emitidos con errores con relación. |
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“02” Comprobantes emitidos con errores sin relación. |
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“03” No se llevó a cabo la operación. |
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“04” Operación nominativa relacionada en una factura global.
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3.
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En caso de realizar la sustitución del comprobante, se deberá señalar la clave “01” Comprobantes emitidos con errores con relación, así como manifestar el folio fiscal del comprobante que lo sustituye.
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4.
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Cuando se requiere la aceptación para cancelar una factura, el receptor recibe un mensaje de interés en su Buzón Tributario, donde se le informa que existe una solicitud de cancelación.
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5.
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El receptor debe aceptar o rechazar la cancelación a través del Portal del SAT, o de un proveedor de certificación, dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud. De no emitir una respuesta, se considera como una aceptación y la factura se cancela.
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En caso de que la solicitud de cancelación no requiera aceptación por parte del receptor, la factura se cancela de manera inmediata.
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